El ejercicio de la libertad de pensamiento, conciencia y religión del menor de edad en la escuela: resolución de conflictos
DOI:
https://doi.org/10.18172/redur.4391Palabras clave:
Derechos del niño, menores, derechos fundamentales, libertad religiosa, libertad de pensamiento, conciencia y religión, educación, diversidad, conflictos, escuelaResumen
La Convención sobre los Derechos del Niño de 1989 establece en el artículo 14 el derecho de libertad de pensamiento, conciencia y religión. Este trabajo tiene como doble objetivo de un lado, subrayar que los niños, niñas y adolescentes son sujetos activos del derecho de libertad de pensamiento, conciencia y religión y de otro lado, determinar cómo se manifiesta este derecho en el ámbito educativo, uno de los más importantes donde los menores se desenvuelven. La razón es la existencia en las aulas de una diversidad religiosa y cultural que proporciona situaciones enriquecedoras para la acción educativa pero que también puede generar conflictos, tensiones o dudas de cómo gestionarlo, para lo que es preciso una respuesta jurídica o recomendaciones de actuación conforme a Derecho.
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