El Acuerdo de Trabajo a Distancia tras la entrada en vigor del RD–Ley 28/2020, de 22 de septiembre

Autores/as

  • Alicia Villalba Sánchez Universidade de Santiago de Compostela

DOI:

https://doi.org/10.18172/redsye.6220

Palabras clave:

Trabajo a distancia, autonomía de la voluntad individual, voluntariedad, novación objetiva, consentimiento del trabajador

Resumen

La contención de la pandemia mediante ha acelerado el éxodo de los trabaja-dores hacia un entorno privado. Con su retorno al ámbito del que habían partido durante la Primera Revolución Industrial, regresan aquellas amenazas que el Derecho del Trabajo supo afrontar durante el pasado siglo. Preocupa, en particular, el auge de la autonomía de la voluntad como fuente reguladora de los derechos y obligaciones del trabajador del cual da testimonio el papel que el RDley 28/2020, de 22 de septiembre, de trabajo a distancia, otorga al acuerdo de trabajo a distancia. De su análisis cabrá deducir la suficiencia de los contrapesos previstos por el ordenamiento jurídico para poner coto al predominio de una libertad contractual susceptible de derivar en la imposición de condiciones leoninas al trabajador.

Descargas

Los datos de descargas todavía no están disponibles.

Descargas

Publicado

28-02-2021

Cómo citar

Villalba Sánchez, A. (2021). El Acuerdo de Trabajo a Distancia tras la entrada en vigor del RD–Ley 28/2020, de 22 de septiembre. Revista Derecho Social Y Empresa, (14), 98–121. https://doi.org/10.18172/redsye.6220